En el marco de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, reglamentada por la Resolución General ARCA N° 5614/2024 (B.O. 13/12/2024), se estableció el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Esta norma obliga a discriminar en las facturas el IVA y demás impuestos nacionales indirectos en operaciones con consumidores finales.
La misma ley invita a las provincias y a CABA a adherirse para que también se detallen en los comprobantes el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) y las tasas municipales. A medida que cada jurisdicción se adhiere y reglamenta, los contribuyentes inscriptos en IIBB quedan obligados a incluir una leyenda con la alícuota aplicable en las facturas emitidas a consumidor final.
⚠️ IMPORTANTE:
La información sobre alícuotas y textos de leyenda debes verificarla y confirmarla con tu estudio contable, ya que varía según la jurisdicción y puede actualizarse.
Estado de adhesión por jurisdicción al 18/05/2026
Jurisdicción | Estado | Vigencia / Detalle |
CABA – AGIP | En adecuación | Decreto 107/2026 y Res. AGIP 169/2026. Plazo de adecuación técnica hasta el 31/08/2026. Vigencia obligatoria: 1° de septiembre de 2026. Leyenda: "ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%" |
Entre Ríos – ATER | Activa | Vigencia desde el 5 de julio de 2026. Incluye IIBB y, en etapa posterior, tasas municipales. |
Chubut – ARECH | En adecuación | Vigencia: 1° de septiembre de 2026. Leyenda: "Valor aproximado del ISIB Chubut" (alícuota promedio 3,5%). Plazo técnico hasta el 31/08/2026. |
Mendoza | Adherida sin reglamentar | Adhesión formal aprobada. Reglamentación local pendiente. |
Santa Fe | Adherida sin reglamentar | Adhesión formal aprobada. Reglamentación local pendiente. |
Córdoba / Salta | En proceso | Proyectos en avance legislativo. Sin adhesión formal aún. |
Resto de provincias | Sin definición | Sin adhesión ni proyecto reglamentado a la fecha. |
⚠️ Contribuyentes de CABA: Si estás inscripto en IIBB en AGIP (local o Convenio Multilateral, excepto Régimen Simplificado), debes adecuar tus facturas antes del 31 de agosto de 2026. Desde el 1° de septiembre el incumplimiento constituye una infracción a los deberes formales. Coordina los ajustes con anticipación junto a tu estudio contable.
Cómo configurarlo en TusFacturasAPP
Paso 1: Accede a tu punto de venta
Ingresa al menú principal y navega hasta Mi espacio de trabajo > Puntos de venta. Desde allí podes crear un nuevo punto de venta o editar uno existente.
Paso 2: Completa los datos del Régimen de Transparencia Fiscal
Dentro de la configuración del punto de venta, busca el tab Facturación ARCA. Allí encontrarás los campos correspondientes al Régimen de Transparencia Fiscal Provincial, donde deberás ingresar:
El texto de la leyenda que corresponde a tu jurisdicción (por ejemplo: "ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%").
La fecha de inicio a partir de la cual debe comenzar a imprimirse en los comprobantes.
Ambos datos deben ser indicados por tu estudio contable según la normativa vigente en tu provincia.
💡 Una vez configurado, la leyenda se incluirá automáticamente en las nuevas facturas emitidas a consumidores finales, cumpliendo con lo requerido por la reglamentación de tu jurisdicción.
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